En la Villa de la Seca, Vicaría Exenta de Medina del Campo, Provincia y Obispado de Valladolid, a treinta de noviembre de mil ochocientos y sesenta y uno Yo, Don Juan Calvo, Teniente Cura del Licenciado Don Epifanio Domínguez, Cura Párroco de la Iglesia Parroquial de esta Villa, Desposé por palabras de presente que hacen verdadero y legítimo y acto continuo velé y les dí las demás bendiciones nupciales a Marcos Rico, de estado soltero, natural de esta villa de edad de veinte y cinco años, hijo legítimo de Manuel Rico y de Doña María Pedrosa con Rosa Carracedo, del mismo estado y naturaleza, de edad de veinte y cuatro años, de oficio jornalero, hija legítima de Ramón Carrazedo y Dionisia Campos, todos naturales y vecinos de esta villa; habiendo precedido las tres canónicas moniciones según forma del Santo Concilio Tridentino y no habiendo resultado impedimento aguno que obstase a la celebración del dicho Matrimonio, constándome estar instruidos en doctrina cristiana, haber confesado y comulgado en este día. Fueron sus padrinos: Antonio Recio Rico y Gumersinda Recio, ambos solteros y naturales de esta villa y testigos: Pascual Sanz y Jorge Ramos, sirvientes de dicha Iglesia. Y para que conste lo firmo yo, el Teniente Cura fecha ut supra.
Firma: Juan Calvo.
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